Publicación: Análisis diferencial de las pruebas legales y libres en el proceso civil conforme a la doctrina y la jurisprudencia venezolana
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Fecha
2018-04-09
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Resumen
Las pruebas son el medio a través del cual las partes tratan de crear al Juez, como árbitro del proceso, la convicción suficiente de la verdad o falsedad de un hecho, para así poder obtener el apremio de la sentencia que emita. Existen dos grandes grupos de medios de pruebas, como lo son las nominadas o legales e innominadas o libres. En la legislación civil venezolana se encuentran reguladas en el Artículo 395 Código de Procedimiento Civil, estableciendo: “Son medios de prueba admisibles en juicio aquellos que determina el Código Civil, el presente Código y otras leyes de la República. Pueden también las partes valerse de cualquier otro medio de prueba no prohibido expresamente por la ley, y que consideren conducente a la demostración de sus pretensiones. Estos medios se promoverán y evacuarán aplicando por analogía las disposiciones relativas a los medios de pruebas semejantes contemplados en el Código Civil, y en su defecto, en la forma que señale el Juez”. Sin embargo, aún persisten confusiones por parte de los profesionales del Derecho en cuanto a la diferenciación entre los tipos de prueba permitidos por la Ley, generando inadecuada formulación de las mismas en el respectivo escrito de promoción, por lo que se hace necesario una revisión en cuanto a las diferencias sustanciales entre un medio de prueba y otro y este trabajo investigativo pretende abordarlo a fin de tratar esclarecimiento para el bien del abogado y de los clientes que representan.
Palabras clave
LEY/JURISPRUDENCIA, LEY/JURISPRUDENCIA::Proceso Civil Venezolano