Publicación: Aplicación del Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guarda para la Gente de Mar de 1978, en su forma enmendada de 1995 (STCW 78/95) a los oficiales costaneros de la marina mercante venezolana
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2019-10
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Resumen
Este trabajo de investigación estuvo orientado a analizar la aplicación del Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente del Mar (STCW 78/95) a los oficiales costaneros de la Marina Mercante venezolana, mediante la mención de órganos encargados de velar por la seguridad marítima en materia nacional e internacional, la identificación de los requisitos mínimos aplicables a la titulación de los oficiales costaneros de la Marina Mercante venezolana y la explicación de dos criterios jurisprudenciales en cuanto a la aplicación del Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente del Mar (STCW 78/95) a los oficiales costaneros de la Marina Mercante venezolana. La metodología utilizada fue de tipo documental, cualitativa. Los datos se obtuvieron mediante el método de la hermenéutica jurídica. Los resultados arrojaron que el órgano nacional encargado de velar por la seguridad marítima es el Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos (INEA), mientras que el órgano internacional con dicha competencia es la Organización Marítima Internacional (OMI). En cuanto a los requisitos para la titulación de los oficiales antes descritos, estos se encuentran establecidos en la Ley General de Marinas y Actividades Conexas y el Convenio Internacional referido. Finalmente, los criterios jurisprudenciales arrojaron que el INEA debe dar cumplimiento al Convenio Internacional.
Palabras clave
LEY/JURISPRUDENCIA::Otra ley::Derecho internacional